La Responsabilidad Civil por los campos electromagnéticos
1 de julio de 2002
Autor: Gonzalo Iturmendi Morales. Artículo publicado en la Revista Gerencia de Riesgos y Seguros Nº 79. Fundación MAPFRE.
La influencia de los campos electromagnéticos de 50 hz (electricidad y telefonía móvil), a pesar de su carácter no ionizante, plantea innumerables cuestiones a las que no siempre se ha dado una explicación adecuada, provocando una cierta insensibilidad generada en ocasiones por una serie de artículos científicos de caráCter exclusivamente epidemiológico, y , en otras, por algunas interpretaciones personales de carácter alarmista.
¿Cómo solucionar los conflictos que surgen a raíz de las inmisiones de onda electromagnética?¿Deben tolerarse en cualquier caso o por el contrario debe paralizarse la actividad que genera la emisión?¿Cuándo debe aplicarse en principio de precaución?